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DECRETO 1799/26 - RATIFICA CONVENIO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE UN INSTRUMENTO COFINANCIADO SUSCRIPTO ENTRE LA PROVINCIA DE SANTA FE Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL

 
 

SANTA FE, Jueves 3 de Septiembre de 2026

VISTO:

El EE-2026-00031328-APPSF-PE de la Plataforma de Gestión Digital -PGD- “TIMBÓ” mediante el cual la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, gestiona la asignación de un aporte no reintegrable a favor de la Universidad Nacional del Litoral para llevar adelante las acciones inherentes al proyecto de Convenio Específico para la implementación de un Instrumento Cofinanciado; y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Convenio fue inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo RECON-2026-00000559-APPSF-PE#MGeIP#TL en fecha 25/06/2026;

Que dicho instrumento establece, en su Cláusula Segunda, que el monto a otorgar asciende a $ 100.000.000, determinando la Secretaría actuante que los fondos se utilizarán en partes iguales para atender erogaciones corrientes y de capital, debiendo imputarse en el Programa 19.0.0.1 “Fortalecimiento de la Investigación, Innovación y Conocimiento – ASACTEI” del presupuesto vigente;

Que han tomado intervención la Secretaría de Coordinación General, la Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Financiamiento y la Dirección Provincial de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Productivo prestando su conformidad;

Que la Dirección General de Administración del Ministerio actuante indicó que la entidad no adeuda rendiciones de cargos anteriores y presentó la documentación pertinente;

Que la documentación presentada por la entidad se encuentra en el “Registro de Asociaciones de Desarrollo Regional y Asociaciones Civiles” implementado en dicha jurisdicción;

Que la entidad adhirió al Régimen de Acceso a la Información Pública en los términos establecidos en el Decreto Nº 0692/09;

Que la erogación que demande el cumplimiento de la gestión será atendida con la imputación presupuestaria contenida en el Pedido de Contabilización Nº 1632/26 -SIPAF- con nivel de autorización de la Secretaría de Hacienda de la Provincia, previéndose la existencia de cuota financiera en el trimestre respectivo, conforme la RES-2026-00000001-APPSF-PE#MEC;

Que obra en autos dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional;

Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas a este Poder Ejecutivo por el Artículo 107 inciso 1) de la Constitución Provincial;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Ratifícase, en todos sus términos, el Convenio Específico para la implementación de un Instrumento Cofinanciado suscripto entre la Provincia de Santa Fe y la Universidad Nacional del Litoral, inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales como RECON-2026-00000559-APPSF-PE#MGeIP#TL en fecha 25/06/2026, que podrá consultarse en el siguiente link:
https://www.santafe.gov.ar/conv_int/item.php?id=350907&cod=62787bffa37debb9b904abf377b624bf

ARTÍCULO 2°: Autorízase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Productivo a transferir, por conducto de la Coordinación General Financiera, la suma total de $ 100.000.000 (PESOS CIEN MILLONES) en carácter de aporte no reintegrable a favor de la Universidad Nacional del Litoral, C.U.I.T. Nº 30-54667055-0.

ARTÍCULO 3°: Ríndase cuenta documentada de la inversión realizada como responsable de la administración de los fondos, en los términos y condiciones establecidas en los Artículos 214 y 218 de la Ley Nº 12510 ante la Dirección General de Administración – Ministerio de Desarrollo Productivo, sita en Bv. Pellegrini Nº 3100 de la ciudad de Santa Fe, en el término de noventa (90) días corridos contados desde la percepción de los fondos, de acuerdo a la información disponible en la web de la Provincia, Plataforma “Timbó Rendiciones” www.santafe.gob.ar/rendiciones.

ARTÍCULO 4°: Establézcase que en caso de que la entidad no invierta en tiempo y forma los fondos oportunamente transferidos, según lo detallado en el Artículo 1º, se exigirá su reintegro.

ARTÍCULO 5°: Impútase la suma de $ 100.000.000 (PESOS CIEN MILLONES) que demande el cumplimiento de la gestión conforme a la imputación presupuestaria contenida en el Pedido de Contabilización PCP - Compromiso Preventivo -SIPAF- Nº 1632/26 en: Sector 1 - Subsector 1 - Carácter 1 - Jurisdicción 32 - Programa 19 - Actividad Específica 1 “Fortalecimiento de la Investigación, Innovación y Conocimiento” - Finalidad 3 - Función 5.0 - Fuente de Financiamiento 111 “Tesoro Provincial” - Ubicación Geográfica 082-63-306, en el Inciso 5.6.1.99 por $ 50.000.000 (PESOS CINCUENTA MILLONES) y en el Inciso 5.6.2.99 por $ 50.000.000 (PESOS CINCUENTA MILLONES).

ARTÍCULO 6°: Refréndase por los Ministros de Desarrollo Productivo, y de Economía.

ARTÍCULO 7°: Regístrese, comuníquese y archívese.

PULLARO
PUCCINI
OLIVARES


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